Acordaron adelantar a noviembre el pago de gratificaciones no remunerativas extraordinarias previstas para enero, febrero y marzo de 2022

En octubre de este año, la Unión de Industriales Fideeros de la República Argentina (UIFRA) y el Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera (S.A.T.I.F.) llegaron a un acuerdo donde pactaron el adelantamiento del pago de las gratificaciones no remunerativas extraordinarias para pastas secas, prevista inicialmente para los meses de enero, febrero y marzo de 2022, las cuáles serán liquidadas de acuerdo a la siguiente modalidad:

a.- SUELDOS DEVENGADOS EN LOS MESES DE NOVIEMBRE, DICIEMBRE, ENERO, FEBRERO Y MARZO: Se establece una suma No Remunerativa equivalente al 26% (veintiséis por ciento) sobre el salario bruto a percibir antes de la aplicación de deducciones y descuentos. Se tomarán en cuenta para la base de cálculo todos los conceptos remunerativos a percibir por parte de la trabajadora o el trabajador, tales como antiguedad, presentismo, horas extras, comisiones y premios. Para el cálculo del salario básico (conformado) se tomarán como referencia las tablas vigentes al mes de abril de 2021.

b.- SUELDOS ANUAL COMPLEMENTARIO Y VACACIONES: Los porcentajes No Remunerativos vigentes en cada mes, aplicarán al pago de aguinaldo y vacaciones. Dichos porcentajes se calcularán sobre las respectivas liquidaciones brutas, antes de la aplicación de deducciones y descuentos.

c.- Sobre la base de las sumas No Remunerativas mencionadas en los puntos anteriores, se efectuarán en cada caso los siguientes aportes y contribuciones:

EMPLEADO/A:
Aporte a la Obra Social: 3%
Cuota Sindical afiliado: 3%
Cuota Sindical no afiliado: 2%

EMPLEADOR/A:
Contribuciones a la Obra Social: 6%
Aporte empresario: 3%

Se puede consultar el acta Acuerdo haciendo click aquí: https://drive.google.com/file/d/1tHIZkYnovhdPDI0e6vXEpMF3qmvkzJF-/view

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