Caso: El maltrato laboral (a veces) se paga

Por nuestro asesor legal, Dr. Luis Ramirez.

En este caso la trabajadora inició una demanda por enfermedad laboral derivada del maltrato sufrido en la empresa. En primera Instancia pierde el juicio, pero la Cámara de Apelaciones revoca la sentencia y condena a la empleadora a pagar el daño material y psicofísico, agregando el daño moral. Los hechos tenidos en cuenta por la Cámara son:

la modificación frecuente de sus labores, la sobrecarga de tareas que debía realizar, la reducción o supresión del tiempo para almorzar y el trato hostil y menosprecio constante de su trabajo propinado por la encargada del local y la supervisora.”

Violencia laboral – Maltrato proferido por personal jerárquico – Daño psicofísico – Prueba testimonial – Resarcimiento del daño

Mediante prueba testimonial brindada por compañeras/os de trabajo de la actora, se pudo acreditar la modificación frecuente de sus labores, la sobrecarga de tareas que debía realizar, la reducción o supresión del tiempo para almorzar y el trato hostil y menosprecio constante de su trabajo propinado por la encargada del local y la supervisora. Además de las coincidentes declaraciones testimoniales reseñadas, se suma la pericia médica en la que el especialista en medicina y psiquiatría coincidió con el diagnóstico enunciado en el estudio psicológico adjuntado por la accionante en el que se informó que padece Reacción Vivencial Anormal Neurótica, grado III-IV, que le genera una incapacidad parcial y permanente del orden del 25 % y que, sumados los factores de ponderación pertinentes, alcanza una merma total del orden del 31,5 % de la total obrera, según baremo del Decreto 659/1996. Así, la actora, una mujer joven, pasó con éxito un examen pre-ocupacional en los inicios de 2001 y fue desvinculada el 30/09/2009, sin que exista ningún elemento que permita inferir que esa minusvalía pueda deberse a otra causa. Cabe revocar la sentencia de grado que rechazó el reclamo indemnizatorio solicitado por la trabajadora por las consecuencias dañosas que padece a causa de haber recibido un trato laboral hostil por sus superiores y, en consecuencia, cuantificar la indemnización por daño patrimonial (incapacidad sobreviniente y gastos por tratamientos terapéuticos) en $ 275.000; asimismo, se debe adicionar la suma de $ 70.000 en concepto de daño moral, lo que totaliza un capital de $ 345.000, que llevará un interés conforme las tasas fijadas en las actas de esta CNAT nº 2357, 2601, 2630 y 2658, desde la fecha de la desvinculación (30 de septiembre de 2009) hasta su efectivo pago.

Erba, Gabriela Lorena vs. Vestiditos S.A. s. Otros reclamos – Mobbing /// Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I, 11/08/2020; RC J 4967/20

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